Tarjetas revolving: sentencia Supremo: cláusula abusiva
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia contra una conocida cadena de supermercados relacionado con sus tarjetas revolving y esto marca un precedente relevante: el Tribunal Supremo ha declarado abusiva por falta de transparencia la cláusula que regula el sistema revolving de la tarjeta.

Claves principales:
- El Supremo declara abusiva la cláusula revolving de la tarjeta.
- La transparencia debe ser material, no solo formal.
- La sentencia deriva de una acción colectiva.
La primera gran sentencia colectiva
El Tribunal Supremo, en su sentencia 257/2026, ha estimado una acción colectiva contra la cláusula que regula el sistema de pago revolving de la tarjeta de una conocida cadena de supermercados. Es la primera resolución de gran impacto que analiza este tipo de cláusulas en una demanda colectiva.
Cómo funciona el sistema revolving
Las tarjetas revolving permiten pagar una cuota mensual reducida mientras el crédito se recompone automáticamente. Sobre el saldo pendiente se aplican intereses elevados y, en muchos casos, capitalización de intereses y comisiones.
Aunque el contrato indicaba el tipo de interés y la TAE, el Supremo considera que eso no basta para garantizar transparencia.
El control de transparencia material
El tribunal exige que el consumidor comprenda realmente las consecuencias económicas del contrato. Debe entender:
- Cómo funciona el sistema revolving.
- Cuánto tiempo puede tardar en devolver la deuda.
- Qué parte de la cuota corresponde a intereses y a capital.
- Cómo influye la cuota mínima en la duración del crédito.
El riesgo del endeudamiento prolongado
Cuando la cuota mínima es baja y la TAE elevada, gran parte del pago mensual se destina a intereses y la amortización del capital es muy lenta. Esto puede generar un efecto de “bola de nieve” que prolonga la deuda durante años.
De la falta de transparencia a la abusividad
El Supremo considera que la falta de información comprensible genera un desequilibrio grave para el consumidor. Si no puede prever el coste total ni la duración del crédito, la cláusula puede considerarse abusiva.
Impacto de una acción colectiva
Al tratarse de una acción colectiva, la nulidad de la cláusula se proyecta sobre todos los contratos del mismo tipo que la incluyan. Además, se ordena su eliminación y se refuerza la posibilidad de reclamaciones por parte de los consumidores.
Consecuencias para el sector financiero
Las entidades deberán revisar sus contratos, reforzar la información precontractual y explicar de forma clara los riesgos del crédito revolving. El estándar de transparencia exigido por la jurisprudencia es cada vez más alto.
La Sentencia del Tribunal Supremo contra esta tarjeta, consolida una línea jurisprudencial que exige que la información financiera sea comprensible y no solo formalmente correcta.
En fecha 08/09/2026 esta Asesoría ha recibido burofax de los servicios financieros de esta cadena de supermercados en el que nos indican que utilizamos el nombre tanto de la tarjeta como de la cadena de supermercados sin autorización, y nos instan a que «… al no disponer de autorización expresa de nuestra parte para el uso de dicha marca, por la presente le requerimos formalmente para que cese de inmediato su uso y se abstenga de hacerlo en el futuro. En caso contrario, nos veremos en la obligación de ejercitar las acciones legales correspondientes en defensa de nuestros derechos.»
En fecha 09/09/2026 procedemos a retirar de la publicación tanto el nombre de la tarjeta como de la cadena de supermercados.
Pueden acceder al texto de la sentencia en este enlace:
https://www.poderjudicial.es/search/TS/openDocument/6063b3fa8e84227ea0a8778d75e36f0d/20260226
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